La instalación de infraestructuras para la recarga de vehículos eléctricos en garajes de edificios residenciales se rige por la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT-52 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y por el Artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).
1. Marco Legal: ¿Se Necesita Aprobación de la Junta de Propietarios?
Una de las dudas más frecuentes entre los usuarios de vehículos eléctricos es la necesidad de someter a votación la instalación del punto de carga en su plaza privada de garaje.
Artículo 17.5 de la LPH: "La instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privativo en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, sólo requerirá la comunicación previa a la comunidad de que se va a proceder a la misma."
Esto implica que no se requiere votación ni aprobación en junta. Basta con enviar una comunicación formal por escrito (burofax, correo certificado o carta firmada por el presidente o administrador) con antelación formal al inicio de los trabajos conforme al Art. 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), sin necesidad de someterlo a votación ni requerir un plazo preceptivo de espera de comunicación previa formal por escrito, adjuntando la memoria técnica del instalador.
2. Esquemas de Instalación Reglamentarios (ITC-BT-52)
El reglamento define cuatro configuraciones principales para la derivación individual hasta la plaza de aparcamiento:
- Esquema 2 (Derivación Individual desde Contador Propio): Es el más habitual en fincas donde el contador de la vivienda se encuentra en el mismo edificio. Se tira una línea directa protegida desde el cuarto de centralización de contadores hasta el cargador Wallbox.
- Esquema 4a / 4b (Nuevo Suministro con Contador Secundario): Se conecta al cuadro general de servicios comunes del garaje o a un nuevo suministro dedicado con contador inteligente y contador de energía secundario homologado MID.
- Balanceo Dinámico de Carga (Dynamic Load Balancing): Obligatorio para instalaciones modernas; un medidor inteligente modula la potencia de carga del coche en tiempo real en función del consumo del hogar para no sobrepasar la potencia contratada ni provocar saltos de ICP.
3. Tabla de Precios Orientativos de Instalación Wallbox (2026)
4. Documentación Necesaria para el Certificado CIE
Al finalizar los trabajos, el instalador autorizado debe emitir el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) debidamente visado y registrado ante Industria. Este documento es imprescindible para garantizar la seguridad frente a incendios, asegurar la cobertura de la póliza del edificio y poder solicitar las ayudas del Plan Moves.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Puede la comunidad de propietarios denegarme la instalación del cargador?
No. Por ley (artículo 17.5 de la LPH), la comunidad de propietarios no puede negarse ni someter la decisión a votación, siempre que el coste de la instalación y del consumo eléctrico sea asumido íntegramente por el propietario de la plaza.
¿Qué potencia eléctrica se necesita contratar para cargar el coche eléctrico en casa?
Con un balanceador de carga dinámico instalado, en la mayoría de viviendas es suficiente con mantener la potencia habitual de entre 4.6 kW y 5.75 kW, cargando el vehículo durante la noche en horario valle.
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